La vida evoluciona y por ellos, las medidas establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial se pueden quedar obsoletas, por lo que existe la posibilidad de modificarlas.
Existen circunstancias como la edad de los hijos, cambios de domicilio, diferentes situaciones laborales que obligan a modificar las reglar que regulan las relaciones familiares.
Los hechos en que se base la demanda de modificación de medidas deben producirse con posterioridad al dictado de la sentencia que fijó las medidas por lo que tienen que ser hechos nuevos y que tengan permanencia en el tiempo, además de tener la relevancia suficiente como para justificar iniciar un nuevo procedimiento judicial.
Pueden afectar a uno o varias de las medidas adoptadas inicialmente: sistema de guardia y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, etc.
El procedimiento puede realizarse tanto de mutuo acuerdo como contencioso, teniendo una tramitación similar a los divorcios y guardias y custodias.