A consecuencia de la grave situación sanitaria que se ha vivido en España, el Gobierno ha aprobado un nuevo procedimiento especial y, en teoría, más rápido para dar una respuesta a las familias que se han visto afectadas por la crisis del coronavirus.
Así, la vigencia del estado de alarma y hasta 3 meses después de su finalización, se tramitará de forma preferente:
a) Restablecimiento del equilibrio en el régimen de visitas o custodia compartida cuando uno de los progenitores no haya podido atender en sus estrictos términos el régimen establecido y, en su caso, custodia compartida vigente, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno y las demás autoridades sanitarias con el objeto de evitar la propagación del COVID-19.
b) Revisión de las medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos, por haber variado sustancialmente las circunstancias económicas del progenitor obligado a dichas prestaciones económicas como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID-19.